Terminó plazo legal para Pymes con factura electrónica. El próximo lunes 1 de agosto se cumplirá el plazo legal para que las pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas urbanas facturen electrónicamente sus operaciones, sistema al que ya se han incorporado 88 mil Pymes a lo largo del país.
Los contribuyentes que están obligados a emitir sus documentos tributarios en formato electrónico a contar de la próxima semana son las pequeñas y medianas empresas ubicadas en sectores urbanos de todo el país, con ingresos mayores a 2.400 UF y menores a 100.000 UF., las que en total corresponden a 119.956 Pymes.
A la fecha, 31.729 contribuyentes pertenecientes a este segmento todavía no se han incorporado al sistema, de los que 2.705 corresponden a la Región del Biobío.
“Invitamos a los contribuyentes que aún no se han incorporado a la factura electrónica a utilizar las herramientas de información y ayuda que tenemos disponible en el sitio web y en nuestras oficinas, para que logren realizar el cambio a tiempo y puedan aprovechar los beneficios que este sistema traerá a sus negocios”, señaló el director regional subrogante del SII, Julián Carrasco Poblete.
Para apoyar la incorporación de las Pymes al sistema, el SII tiene disponible un portal en internet sobre Factura Electrónica, donde el contribuyente puede encontrar toda la información relacionada a esta temática, entre ésta: cómo inscribirse, las alternativas que tiene para comenzar a operar, videos informativos y un curso e-learning. Adicionalmente, cuenta con atención telefónica especializada las 24 horas del día y los 7 días de la semana para apoyar las consultas puntuales que pudiesen tener respecto de la incorporación u operación del sistema.
Cabe recordar que los documentos que se deben emitir en formato electrónico son las facturas (exentas o afectas), facturas de compra, liquidación factura, nota de débito y nota de crédito. Las empresas obligadas a facturar electrónicamente desde el 1 de agosto no podrán emitir los documentos tributarios en papel autorizados previamente por el SII y deberán inutilizarlos.
Los contribuyentes que estando obligados a facturar electrónicamente continúen emitiendo documentos en papel con posterioridad al 1 de agosto, se exponen a una sanción consistente en una multa por cada documento, que puede variar entre 1 UTM y 12 UTM. Asimismo, al receptor de este documento inválido se le podrían rechazar los créditos fiscales involucrados.
En todo caso, el SII recuerda que tiene disponible en Internet una aplicación gratuita que permite a cualquier empresa, sin importar su tamaño, inscribirse para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, para lo cual sólo se requiere que cuenten con un certificado digital.
Fuente: espectadordigital.cl